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¿Habrá dólares oficiales para el mercado inmobiliario?

Sería sólo a través de una actuación notarial y restringido a determinado tipo de inmueble. La resolución podría salir recién hacia fin de mes

¿Habrá dólares oficiales para el mercado inmobiliario?

Las operaciones de compraventa de inmuebles en las cuales el comprador no contaba con la totalidad de los dólares para afrontar el precio viven una nueva complicación a partir de las restricciones de acceso al mercado oficial de cambios.

Para una persona humana, según la definición del Código Civil y Comercial, la complicación comprende a aquellos que necesiten más de U$S 10 mil, mientras que para el caso de una persona jurídica la situación se complejiza aún más debido a que directamente tiene vedada la posibilidad de acceso a la ventanilla de cambio oficial. En este último caso, deben recurrir a negociar la reconfiguración de la moneda de la operación o bien a desistir de la misma, más aún a partir de las restricciones adicionales impuestas para el acceso al dólar MEP

En virtud de este nuevo escollo que viene a complicar aún más a un mercado ya por demás alicaído desde hace 15 meses atrás, las cámaras del sector vienen manteniendo reuniones con las autoridades del BCRA.

De acuerdo a la última de ellas, celebrada el miércoles 11 de septiembre, se puede tener ciertas precisiones sobre que podría esperarse en concreto como respuesta oficial para habilitar la compra de dólares para la compra de inmuebles:

Sólo podrá hacerse a través de un certificado digital a través de un escribano.

Dicho certificado será enviado al Banco donde el comprador operará para cambiar los pesos a dólares.

El certificado contendrá todos los datos de compradores y vendedores, su posición frente a la UIF, todos los datos del inmueble involucrado y el saldo de dólares que se solicita sean vendidos para completar el monto de la operación.

El banco interviniente como operador de cambio, lo deberá remitir al BCRA y el BCRA autorizará en forma automática cada operación de cumplir con todos los requisitos del certificado digital emitido por escribano.

Dicha operatoria estaría sólo destinada a personas humanas y restringida a inmuebles con destino de vivienda, esta última condición también deberá ser chequeada y refrendada por el escribano interviniente en el certificado digital.

Esta propuesta, realizada por el Esc. Claudio Caputo presidente del Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires fue la que contó con el consenso de todas las partes, y sobre la que se acordó avanzar con mayor detalle para poder ser tratada en reunión del directorio del BCRA de la última semana del mes de septiembre.

Resulta evidente que la autoridad monetaria hoy se encuentra empeñada en sostener el mayor nivel de reservas posible. Dentro de este marco, de instrumentarse correctamente la propuesta planteada la misma servirá para descomprimir las complicaciones dadas por “moneda de pago” en las operaciones inmobiliarias cuya destino sea vivienda.

Huelga agregar, que no implica ninguna solución ni mucho menos un mecanismo por el cual pueda esperarse superar la recesión que viene padeciendo la actividad inmobiliaria desde hace un año.

Será el propio sector y sus actores los que deberán encontrar una salida o bien, al menos, hallar la fórmula de cómo administrar esta crisis.

© ReporteInmobiliario.com, 2003-2019, viernes 13 de diciembre de 2019


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