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Inminente aprobación del Colegio de Corredores de Capital

El pasado 16 de mayo la Comisión de Legislación y Trabajo de la legislatura de la Ciudad de Bs As, aprobó el proyecto de ley de Colegiación para la actividad de martillero y corredor inmobiliario. El proyecto sería tratado por la legislatura durante la primera quincena de junio, convirtiéndose en ley de ser aprobado por ese cuerpo legislativo. Detalles del proyecto de Ley.

Inminente aprobación del Colegio de Corredores de Capital
El próximo mes vería sanción definitiva la ley que regulará la actividad de martilleros y corredores inmobiliarios en el ámbito de la ciudad autónoma de Bs. As.
El proyecto, aprobado la semana pasada en comisión, fue impulsado por el diputado Jorge Enriquez autor del proyecto original que data del año 2004.
Entre sus considerandos y fundamentaciones el proyecto de ley justifica la necesidad de sanción de la misma “en principios de transparencia institucional, racionalidad, representación democrática de las minorías y publicidad de la información, con el objeto de lograr un control efectivo e imparcial del ejercicio de la profesión en cuestión, ejercido por parte de los propios matriculados.

Por otra lado también considera que “En nuestra ciudad funcionan una cantidad numerosa de empresas dedicadas a la actividad inmobiliaria, razón por la cual es necesario que Martilleros Públicos y Corredores Inmobiliarios se responsabilicen por la actividad que desarrollan, ya que un gran número de ellas son atendidas por personas que no reúnen las condiciones habilitantes al efecto, y al no existir un Colegio que los controle, funcionan sin dar cumplimiento a la reglamentación vigente, cometiendo abusos, actos reñidos con la ética, y en definitiva, ejerciendo ilegalmente una profesión y/o una actividad que se encuentra encuadrada en las leyes nacionales 20266, 23282 y la reciente 25028, dejando así desprotegidos a los ciudadanos que utilizan sus servicios, pues llegado el caso no cuentan con una entidad que se haga responsable de los perjuicios ocasionados por estas actividades que carecen de todo control.”

Es debido a ello que el proyecto aprobado en comisión “considera imprescindible, en estos momentos, la sanción de un ordenamiento legal que posibilite la creación de una entidad que vele y ejerza el poder de policía respecto del ejercicio de las actividades profesionales de Martilleros Públicos y Corredores Inmobiliarios, teniendo a su cargo además el gobierno de las matrículas respectivas, de manera que constituya, al mismo tiempo, un medio que sirva para la jerarquización profesional.”

Por otro lado también se establece en el Art. 3 º los requisitos para la inscripción en la matricula “Quedan habilitados para ejercer la profesión de martilleros públicos y corredores inmobiliarios en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sólo quienes tengan certificado habilitante de martillero público y/o corredor Inmobiliario otorgado por autoridad competente conforme a las leyes nacionales vigentes en la materia. Ello es requisito indispensable para poder ser incorporados al Colegio creado por la presente ley.”

La iniciativa sin duda es positiva, toda vez que dejará al margen de la ley a quienes operan sin la formación y requisitos profesionales necesarios para brindar un servicio serio y responsable. Por otra parte, también creará una instancia intermedia a la cual recurrir ante cuestiones que involucren prácticas deshonestas o reñidas con la ética profesional de sus matriculados.

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© ReporteInmobiliario.com, 2003-2006, Lunes 22 de Mayo de 2006.



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