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    MARCO LEGAL: AFIP - RESOLUCIÓN 2168

ESCRITURA

Registro de operaciones inmobiliarias

Mediante una resolución la AFIP, instrumentó un registro en el cual deben inscribirse las inmobiliarias y particulares que realicen en forma habitual operaciones de compraventa o alquileres de inmuebles.


Mediante Resolución Nº 2168, el 5 de diciembre último la Agencia Federal de Ingresos Públicos estableció un “Registro de Operaciones Inmobiliarias”, que de acuerdo a declaraciones del titular de la AFIP, sería el inicio para luego instrumentar un cruce de datos que permita chequear los montos de las escrituras de compraventas con los valores denunciados por la inmobiliaria originalmente al momento de la captación de la propiedad.

Si bien este sería el objetivo final, hasta ahora la resolución de la AFIP sólo avanza sobre la obligación de empadronarse, mediante un servicio disponible en la página web de la AFIP, para “quienes en forma habitual realicen, por cuenta propia o por cuenta y orden de terceros, las operaciones de intermediación y/o compraventa y/o locación de bienes inmuebles.

También según el inciso b del artículo 3 de la Resolución. “El alquiler o arrendamiento, por cuenta propia, de CINCO (5) o más bienes inmuebles y/o -independientemente del número de inmuebles- la percepción o devengamiento -en favor de su propietario o condómino- de rentas por dichas operaciones que en su conjunto sumen un monto igual o superior a ocho mil pesos ($ 8.000.-) mensuales y/o noventa y seis mil pesos ($ 96.000.-) anuales.”


CLICKEE AQUÍ PARA VER RESOLUCIÓN 2168 AFIP COMPLETA

© ReporteInmobiliario.com, 2003-2006, Viernes 15 de Diciembre de 2006.

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